AUTORIZACION AL BANCO CENTRAL PARA LA ACUÑACION DE MONEDAS




Promulgación: 06/11/1975
Publicación: 12/11/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1262
Referencias a toda la norma

Artículo 4

(Ensayos).- Se acuñarán 100 (cien) ensayos en oro y 300 (trescientos) en
plata de cada una de las piezas referidas en los artículos anteriores, con
un título de 900 (novecientos) de fino y 100 (cien) milésimos de cobre.
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