REGISTRO DE APODERADOS DE DESPACHANTES DE ADUANA




Promulgación: 13/11/1975
Publicación: 19/11/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1298
                          AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Artículo 1

Declárase con carácter interpretativo que las personas inscritas en el
Registro de Apoderados a que se refiere el inciso final del artículo 3º de
la ley 13.925, de 17 de diciembre de 1970, son los apoderados de los
Despachantes de Aduana o de las personas jurídicas habilitadas para el
ejercicio de dicha profesión, no estando comprendidos en la aludida
disposición los apoderados de comerciantes autorizados a despachar sus
propias mercaderías.

BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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