FIJACION DE REQUISITO DE PERMANENCIA EN EL CARGO PARA MEDICOS AYUDANTES DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA




Promulgación: 18/11/1975
Publicación: 25/11/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1366

Artículo 3

Es incompatible el desempeño simultáneo de cargos de Médico Ayudante de
cualquier disciplina o especialidad del Ministerio de Salud Pública con
los de Adjunto de Clínica de la Facultad de Medicina.
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