FIJACION DE COMPENSACION ESPECIAL PARA RETIRADOS, JUBILADOS Y PENSIONISTAS POLICIALES




Promulgación: 20/11/1975
Publicación: 26/11/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1385
Referencias a toda la norma
                          AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Artículo 1

Los retirados, jubilados y pensionistas a cargo del Servicio de Retiros y
Pensiones Policiales, tendrán derecho a percibir durante el mes de
diciembre de cada año, una compensación especial en concepto de aguinaldo,
la que será fijada en función de los recursos disponibles, por el Poder
Ejecutivo a propuesta del Ministerio del Interior, dando cuenta de su
monto al Cuerpo Legislativo.

Artículo 2

El beneficio que establece la presente ley será de cargo de los recursos
contabilizados de conformidad a lo que establece el artículo 6º de la ley
14.230, de 23 de julio de 1974.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

  BORDABERRY - HUGO LINARES BRUM - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JOSE E.
ETCHEVERRY STIRLING
Ayuda