CAPITULO V - NORMAS SOBRE PROGRESIVIDAD DEL REGIMEN DE RECLUSION
Artículo 60
El período de prueba comprenderá simultánea o sucesivamente:
A) La incorporación del recluso al establecimiento o sección del
establecimiento que se base en un principio de autodisciplina;
B) La posibilidad de obtener salidas transitorias del establecimiento.