APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1975




Promulgación: 10/08/1976
Publicación: 16/08/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 505

CAPITULO III - NORMAS SOBRE FUNCIONARIOS

Artículo 12

En los casos de aplicación del artículo 582 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974 cuando no exista ningún cargo ocupado en el escalafón al cual accede el funcionario redistribuido, la adecuación se efectuará adjudicándole el cargo de menor grado del escalafón al cual se incorpora.

En la situación en que no exista el escalafón al cual debería acceder el funcionario redistribuido, la adecuación se efectuará adjudicándole en el escalafón que le corresponda, el grado en función del que poseía en su cargo de origen considerando la línea de equivalencia del escalafón mínimo establecido por el artículo 12 de la ley 14.189 de 30 de abril de 1974 y modificativas.

Para el caso de que en esa línea de equivalencia no se alcance el grado mínimo del escalafón al cual se incorpora, se le adjudicará éste.
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