El activo y pasivo de la Caja Nacional de Ahorro Postal, quedan
transferidos de pleno derecho al Banco Hipotecario del Uruguay, quien será
considerado a todos los efectos como su sucesor a título universal.
Los diversos Registros procederán a la registración correspondiente,
a pedido del Banco, con la sola presentación de certificados que este
último expedirá, con referencia precisa a los datos individualizantes de
cada bien, título y modo de la adquisición en su caso y a la inscripción
del instrumento respectivo.