TITULOS VALORES




Promulgación: 12/09/1977
Publicación: 21/09/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 380
Referencias a toda la norma

TITULO PRIMERO - DE LOS TITULOS-VALORES EN GENERAL
CAPITULO II - DE LOS TITULOS NOMINATIVOS

Artículo 34

   El endoso facultará al endosatario para pedir el registro de la
trasmisión. El creador del título podrá exigir que la firma del endosante
se autentifique.
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