TITULO SEGUNDO - DE LAS DISTINTAS ESPECIES DE TITULOS-VALORES CAPITULO I - DE LAS LETRAS DE CAMBIO SECCION VI - DEL PROTESTO
Artículo 95
Después de evacuado el protesto con el girado, se acudirá acto continuo
a los que están indicados en ella subsidiariamente y se harán constar en
el protesto las contestaciones que dieron las personas indicadas y la
aceptación o el pago en el caso de haberse prestado a ello.