LEY ORGANICA DE LA FUERZA AEREA




Promulgación: 28/12/1977
Publicación: 30/12/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 1396
Referencias a toda la norma

TITULO II - PERSONAL
CAPITULO I - DEL PERSONAL DE LA FUERZA AEREA

Artículo 32

El Personal Superior se dividirá en:

A)   Cuerpo Aéreo, constituido por los profesionales militares integrantes
     de los Escalafones Aéreos, egresados de la Escuela de Formación de
     Oficiales;
B)   Cuerpo de Seguridad Terrestre, constituido por los profesionales
     militares, especializados en la materia, egresados de la Escuela de
     Formación de Oficiales;
C)   Cuerpo Técnico, constituido por los profesionales militares
     integrantes de los Escalafones Técnicos, egresados de la Escuela de
     Formación de Oficiales.
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