TITULO I - DE LA FUERZA AEREA URUGUAYA CAPITULO II - TAREAS
Artículo 5
Son tareas fundamentales de la Fuerza Aérea:
A) Conducir las operaciones aeroespaciales estratégicas y tácticas,
independientes o en cooperación con otras Fuerzas, necesarias para la
defensa aeroespacial;
B) Proporcionar la defensa aérea de los espacios territoriales bajo
jurisdicción nacional;
C) Establecer la doctrina básica aeroespacial de acuerdo a las
directivas del Mando Superior;
D) Ejercer el control del tránsito aéreo y ejecutar las medidas de
policía aérea nacional en la totalidad del espacio aéreo
jurisdiccional de la Nación;
E) Conducir operaciones aeroespaciales de búsqueda y salvamento,
relevamiento fotográfico, transporte sanitario y otras que le sean
asignadas;
F) Formular y ejecutar los planes de reclutamiento, instrucción,
movilización y apoyo logístico de la Fuerza Aérea, e intervenir en
los de igual índole que atañen a las Fuerzas Armadas en su conjunto;
G) Integrar Comandos y Fuerzas Conjuntas o Combinadas según las
necesidades de la defensa nacional y de acuerdo a directivas del
Mando Superior y de la Junta de Comandantes en Jefe;
H) Estudiar, formular y proponer al Poder Ejecutivo las normas de
política aeroespacial nacional;
I) Planificar, proponer, ejecutar y supervisar las medidas necesarias
para la conducción, integración y desarrollo del potencial
aeroespacial;
J) Planificar, construir, mantener, administrar, operar y dar seguridad
a toda la infraestructura aeronáutica nacional y predios del Estado
destinados a campos de aviación;
K) Supervisar la actividad aérea comercial, privada y deportiva.