TITULO II - PERSONAL CAPITULO VII - DE LAS CALIFICACIONES Y LEGAJO PERSONAL
Artículo 84
Las cualidades que conforman las aptitudes a calificar, según lo
establecido en los artículos 156 y 183 de la Ley Orgánica de las Fuerzas
Armadas 14.157, de 21 de febrero de 1974 y el artículo 82, inciso B) de
esta ley, serán las que establezca la reglamentación respectiva.