CANCELACION DE OBRA DE "RIEGO DE LA ZONA DEL RIO QUEGUAY"




Promulgación: 16/11/1979
Publicación: 30/11/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1335

Artículo 2

   Desaféctanse del destino dispuesto por la referida ley, afectándose al
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, los inmuebles ubicados en la
Decimosegunda Sección Judicial del departamento de Paysandú, empadronados
con los Nos. 3042 y 3063, que según plano actualizado del agrimensor
Héctor Dellepiane levantado el 12 de julio de 1978, inscrito con el Nº
1348, el 16 de agosto siguiente en la Dirección General del Catastro
Nacional, se componen de un área total de 194 hectáreas 2.500 metros
cuadrados que se deslindan así: padrón 3042 con un área de 90 hectáreas
2.958 metros cuadrados, 0885 centímetros cuadrados; por el Sur, Oeste y
Norte, líneas rectas de 938,30 metros, 1.050,00 metros y 1.106,07 metros
respectivamente, que la separan del padrón No. 3076,; por el Este arroyo
Chingolo de por medio con el padrón número 3063 a describir y padrón No.
3063 con un área de 103 hectáreas, 9.541 metros cuadrados, 9.115
centímetros cuadrados; por el Sur, Este y Norte, líneas rectas de 911,70
metros; 1.050 metros y 743,93 metros respectivamente, que la separan del
padrón No. 3031; por el Oeste, arroyo Chingolo de por medio, con el padrón
número 3042 ya descrito.
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