FERIADOS NACIONALES




Promulgación: 14/12/1979
Publicación: 15/01/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1898

Artículo 5

   El Ministerio de Educación y Cultura y el Consejo Nacional de
Educación, tomarán las medidas pertinentes para que en todos los órganos
de sus dependencias, se realicen ceremonias de recordación los días 19 de
abril, 18 de mayo, 19 de junio, 18 de julio, 25 de agosto y 12 de octubre,
sobre los acontecimientos acaecidos en esas fechas.
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