Autorízase a la Contaduría General de la Nación a ajustar los créditos
de los Programas 1.04 "Asesoramiento y Contralor Intermitente", 1.07
"Recaudación, Contralor y Fiscalización de la Renta Aduanera" y 1.14
"Regulación de Precios y Subsidios de los Artículos de Primera Necesidad",
para atender las erogaciones correspondientes al régimen de ocho horas
diarias de labor.