Increméntanse en N$ 8:437.000.00 (nuevos pesos ocho millones
cuatrocientos treinta y siete mil) y N$ 2:784.000.00 (nuevos pesos dos
millones setecientos ochenta y cuatro mil) los Renglones 0.21 y 0.22 del
Programa 1.14 "Regulación de Precios y Subsidios de los Artículos de
Primera Necesidad".
Derógase el artículo 274 de la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973.