Declárase que el Instituto Nacional de Pesca desde la vigencia de su
ley de creación 14.484, de 18 de diciembre de 1975, ha sustituido en sus
cometidos y atribuciones a la Junta Nacional de Pesca, derogándose a
partir del ejercicio 1980, los recursos asignados a dicha Junta por el
artículo 297 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974.