(Pacto antideportivo). El que, por sí o por un tercero, entregare una
dádiva o retribución de cualquier especie, o efectuase promesa
remuneratoria, con el fin de asegurar a facilitar el resultado irregular
de una competición deportiva o e desempeño anormal de uno o varios
participantes en la misma, será castigado cuando el hecho no constituya
delito más grave, con tres meses de prisión a cuatro años de
penitenciaría.
Igual pena se aplicará al que aceptare, para sí o para un tercero, una
dádiva, retribución o promesa remuneratoria, con el fin indicado en el
inciso anterior, así como al que, con igual finalidad disminuyere su
normal rendimiento en la competición deportiva en que participare.