Apruébase el Contrato de Préstamo 1.831-UR celebrado el 22 de abril de
1980 entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento, por un monto de diversas monedas, equivalente a
U$S 24:000.000 (veinticuatro millones de dólares de los Estados Unidos de
América), destinado a financiar el Plan de Inversiones Agropecuarias en
los términos expuestos en el referido Convenio. (*)