CONTRIBUCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 22/12/1980
Publicación: 02/01/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 1600

Artículo 1

   Deróganse el literal C) del artículo 1o. y el artículo 2o. de la ley
13.962, de 19 de mayo de 1971. Mantiénese el aumento de 2,5o/oo (dos y
medio por mil) del gravamen estipulado por la Tarifa B-1 de la
Administración Nacional de Puertos a que se refiere el artículo 33 del
decreto 171/968 de 23 de febrero de 1968 (Título II, Capítulo IV) y
modificativos con el destino, forma de recaudación y versión señalados a
dicho recargo por la ley 14.687, de 9 de agosto de 1977.
Referencias al artículo

APARICIO MENDEZ - EDUARDO J. SAMPSON - VALENTIN ARISMENDI - CARLOS A. MAESO
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