Autorízase al Ministerio de Salud Pública a prometer en venta al Comité
Olímpico Uruguayo, en su estado de ocupación actual, el inmueble
empadronado con el Nº 6.647, ubicado en la Cuarta Sección Judicial del
departamento de Montevideo con frente a la calle Canelones 1040, 1042 y
1044, proveniente de la testamentaría de la señora Sara López Illich de
Bier, para destinarlo a su sede social.
El precio total de la compra venta que se fija de conformidad con la
respectiva tasación del Banco Hipotecario del Uruguay, es de N$ 1:450.000
(nuevos pesos un millón cuatrocientos cincuenta mil) moneda nacional, el
que se convertirá en Unidades Reajustables (Ley 13.728, de 17 de diciembre
de 1968) a la fecha de promulgación de la presente ley, a los efectos de
mantenerlo actualizado a la del otorgamiento de la compra venta. De dicha
suma el Comité Olímpico Uruguayo, entregará al Ministerio de Salud Pública
la cantidad de N$ 1:000.000 (nuevos pesos un millón) en el acto de
otorgarse la respectiva promesa de compra venta y el saldo del precio se
integrará dentro del plazo de nueve meses contados a partir de la fecha de
la misma.
El producto íntegro de esta operación será destinado al Centro de
Recuperación del Niño Lisiado y Ortopedia del Hospital Pereira Rossell de
acuerdo a la voluntad testamentaria de la causante señora Sara López
Illich de Bier.