Autorízase al Poder Ejecutivo previo informe de la Secretaría de
Planeamiento, Coordinación y Difusión, a disponer la venta de bienes
inmuebles del Activo Patrimonial de los Incisos 1 al 26 del Presupuesto
Nacional, considerados improductivos por las Unidades Ejecutoras
correspondientes, cumpliendo con el procedimiento establecido por las
normas vigentes.
El producido de la venta de dichos bienes, será destinado exclusivamente a
financiar Proyectos de Inversión.