Facúltase al Poder Ejecutivo a emitir certificados de compensación para
cancelar las deudas que mantenga el Estado con la Cooperativa Nacional de
Productores de Leche por las diferencias que se produzcan como
consecuencia de la fijación oficial del precio de la leche.
Dicho certificado deberá destinarse al pago de adeudos fiscales y de la
previsión social y tendrá efectos cancelatorios a partir del momento de la
exigibilidad del crédito que se compensa.