CAPITULO II - INCISOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL INCISO 3 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 20
Créanse en el Programa 1.07 "Estado Mayor Conjunto" los siguientes
cargos: 2 Cabos de Primera; 7 Cabos de Segunda y 2 Soldados de Primera.
Fíjase un plazo de 30 días para que los funcionarios "en comisión" en
el citado Programa, opten para incorporarse a los mencionados cargos.