CAPITULO II - INCISOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL INCISO 5 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Artículo 36
Habilítase el Renglón 0.72 con N$ 1:400.000,00 (nuevos pesos un millón
cuatrocientos mil) en el Programa 1.14 "Regulación de Precios y Subsidios
de los artículos de Primera Necesidad".