CAPITULO II - INCISOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL INCISO 5 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Artículo 39
Habilítanse las siguientes partidas en el Renglón 0.73 de los Programas
que se detallan a continuación: de N$ 350.000,00 (nuevos pesos trescientos
cincuenta mil) para el Programa 1.05 "Servicios de Pagaduría de la
Administración Central" y de N$ 100.000,00 (nuevos pesos cien mil) para el
Programa 1.12 "Coordinación del Comercio Exterior y Asistencia al
Exportador".