FUNCIONARIOS. MODIFICACIONES PRESUPUESTALES. EJERCICIO 1981




Promulgación: 06/08/1981
Publicación: 11/08/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 636
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - NORMAS SOBRE FUNCIONARIOS

Artículo 6

   Derógase el beneficio a que se refiere el artículo 44 literal a) de la
ley 12.801, de 30 de noviembre de 1960, modificativos y concordantes. Su
importe se considerará sueldo a todos sus efectos, incrementando los
Renglones respectivos.

   La presente disposición regirá a partir del primer día del mes
siguiente a la publicación de la presente ley.
   La presente derogación no alcanzará a las situaciones previstas en el
artículo 63 de la ley 12.801, de 30 de noviembre de 1960, modificativas y
concordantes.
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