CAPITULO II - INCISOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL INCISO 17 - TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA REPUBLICA
Artículo 89
Increméntase en N$ 970.000,00 (nuevos pesos novecientos setenta mil) el
Renglón 0.73 del Programa 1.01 "Contralor Económico y Financiero de los
Organismos del Sector Público".