DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO




Promulgación: 10/12/1981
Publicación: 23/12/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 1842

Artículo 6

   La Intendencia Municipal de Montevideo dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de la presente ley, remitirá a UTE la documentación relativa al fraccionamiento del Padrón Nº 94.840 (barrio Nº 18 en condominio), a las promesas de compraventa de cuotas de condominio del mismo y a los negocios jurídicos concertados posteriormente respecto a ellas, que se encontrare en su escribanía y demás dependencias. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
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