IMPOSICION TRIBUTARIA A LAS OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 29/03/1984
Publicación: 23/04/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 570

Artículo 1

   Para las expropiaciones que se realicen con motivo de la ejecución de
las obras comprendidas en el Plan Quinquenal de Obras Públicas 1983 -
1987, será aplicable el régimen previsto en los artículos 12, 13 y 14 de
la ley 14.250, de 15 de agosto de 1974, sus modificativas y concordantes.

   En las escrituras que se otorguen en cumplimiento de las expropiaciones
aludidas se suprimirán, asimismo, los contralores notariales previstos en
los artículos 16 de la ley 13.893, de 19 de octubre de 1970, 49 de la ley
14.407, de 22 de julio de 1975 y 11 de la ley 14.411, de 7 de agosto de
1975 y demás que se establezcan relativos a pago de impuesto de
contribución inmobiliaria, impuesto al patrimonio y aportes a los
organismos de seguridad social.
Referencias al artículo

Artículo 2

  Comuníquese, etc.

GREGORIO C. ALVAREZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
- NESTOR J. BOLENTINI - ENRIQUE V. FRIGERIO

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