APROBACION DE MODIFICACIONES AL REGIMEN DE TRIBUTACION DEL AGRO Y CREACION DEL IMPUESTO A LAS RENTAS AGROPECUARIAS




Promulgación: 11/10/1984
Publicación: 09/11/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 761

CAPITULO I - TRIBUTACION DEL SECTOR AGROPECUARIO

Artículo 15

   Los contribuyentes que opten tributar de acuerdo con las normas del
Título 1 del Texto Ordenado 1982 (Impuesto a las Actividades
Agropecuarias) y en ejercicios siguientes obtengan ingresos netos que
superen el monto que establece el artículo 13 de esta ley, deberán
tributar obligatoriamente el Impuesto a las Rentas Agropecuarias desde
dicho ejercicio y no podrán volver a ser contribuyentes del Impuesto a las
Actividades Agropecuarias.

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 1.
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