La adjudicación de servicios de tiendas a que se refieren los artículos
anteriores se realizará por el sistema de licitación pública, y para ello
se tendrá en cuenta la solvencia económica y moral de los proponentes, así
como el porcentaje, actividad o utilidad ofrecidos compensación por el
servicio adjudicado, sin perjuicio de los demás requisitos que establezca
el respectivo pliego de condiciones.