LEY ORGANICA DEL EJERCITO NACIONAL




Promulgación: 30/11/1984
Publicación: 17/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1245
Referencias a toda la norma

TITULO I - DEFINICIONES, MISIONES, TAREAS
CAPITULO III - TAREAS

Artículo 4

   Son tareas fundamentales del Ejército:

   A) Ejecutar los actos militares que le imponga la Seguridad y la
      Defensa Nacional, solo o en cooperación con las demás ramas de las
      Fuerzas Armadas.

   B) Formular la doctrina, las tácticas, las normas y los procedimientos
      para la organización, equipamiento, instrucción, entrenamiento,
      administración y empleo de sus fuerzas en las funciones
      operacionales y administrativas.

   C) Formular y ejecutar los planes de reclutamiento, movilización,
      organización, equipamiento, instrucción, entrenamiento, apoyo
      logístico y operaciones del Ejército, e intervenir en la formulación
      y ejecución de los similares que incumben a las Fuerzas Armadas en
      su conjunto.

   D) Planificar y ejecutar las operaciones de Defensa Civil y del
      territorio.

   E) Establecer y mantener un sistema de información y contrainformación
     eficaz.

   F) Mantener un despliegue de fuerza que permita el cumplimiento de
      sus misiones.

   G) Conducir las operaciones estratégicas y tácticas en forma
      independiente o en cooperación con otras Fuerzas, en el ámbito
      terrestre, necesarias a la Defensa Nacional.

   H) Integrar Comando y Fuerzas Conjuntas o Combinadas, según las
      necesidades de la Defensa Nacional.

   I) Realizar o apoyar planes de desarrollo y otras actividades que le
      sean asignadas.
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