LEY DE FARMACIAS




Promulgación: 11/01/1985
Publicación: 16/04/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 38
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - DE LA DIRECCION TECNICA

Artículo 19

  La Dirección Técnica es también responsable del cumplimiento de las
normas reglamentarias dictadas por el Ministerio de Salud Pública en
función de las disposiciones contenidas en la presente ley. La gestión
comercial de los establecimientos que tienen tal naturaleza es de
exclusiva responsabilidad del propietario. No obstante. respecto de la
autoridad sanitaria, queda establecida la solidaridad activa y pasiva del
propietario y Dirección Técnica.
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