FIJACION DEL MONOPOLIO DEL JUEGO DE QUINIELAS EJERCIDO POR LA DIRECCION DE LOTERIAS Y QUINIELAS Y CREACION DE UN GRAVAMEN A LAS MISMAS




Promulgación: 06/02/1985
Publicación: 11/04/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 598
Reglamentada por: Decreto Nº 45/985 de 08/02/1985.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Grávanse a los juegos o modalidades de juegos a que se refiere esta
ley con un impuesto cuya base de cálculo será el volumen total de apuestas
y sus tasas se ajustarán de acuerdo al siguiente detalle:

A) Básica del 17% (diecisiete por ciento).
B) Mínima del 15% (quince por ciento).

  En la iniciación de la explotación de cada modalidad de juego se
aplicará la tasa mínima del tributo. Facúltase al Poder Ejecutivo a elevar
dicha tasa cuando estime que las condiciones de la explotación así lo
requieran. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10.
Referencias al artículo
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