Volver
?
Ver Base Jurisprudencia Nacional
Decreto Ley
N° 8974
JUBILACIONES Y PENSIONES. BENEFICIOS JUBILATORIOS. TOPES JUBILATORIOS
Documento Actualizado
Ver Imagen del D.O.
Referencias al artículo 1
AÑO 1935
Ley Nº 9.461 de 31/01/1935 artículo
83
Ayuda