MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Artículo 14
Comuníquese, etc.- BALDOMIR. - RAMON F. BADO. - JAVIER MENDIVIL. - ALBERTO GUANI. - JULIO C. CANESSA. - ARSENIO M. BARGO. - JUAN C. MUSSIO FOURNIER. - MAURICIO SEMBLAT AMARO.
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El Consejo de Estado, en sesión de hoy, y en ejerciio de las facultades conferidas por los decretos de 21 de Febrero y 9 de Marzo del corriente año, evacuando la consulta del Poder Ejecutivo relativa al proyecto de decreto-ley, sobre modificación de la legislación electoral, remitido a este cuerpo por mensaje de 27 de Marzo último,
RESUELVE:
Hágase saber al Poder Ejecutivo la opinión favorable de este Consejo, respecto del expresado proyecto, aconsejando las modificaciones que constan en el siguiente proyecto de decreto-ley (*)
Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 21 de Abril de 1942.
JUAN J. AMEZAGA, Vicepresidente. - Eduardo
Jiménez de Aréchaga, Secretario.
(*) Suprimido en "Diario Oficial" por ser el mismo texto del decreto-ley que precede.