Fecha de Publicación: 08/07/1942
Página: 57-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 13

   lnclúyense entre las excepciones establecidas por el artículo 3º de la ley número 9.812 del 30 de Enero de 1939, a los vehículos con destino a 
los Institutos dependientes de la Dirección General de Institutos Penales.
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