MINISTERIO DE HACIENDA
Elévase al 2 1/4 o/oo (dos y cuarto por mil) el impuesto sustitutivo del de herencias que abonan las sociedades anónimas de acuerdo con la ley de 1º de Noviembre de 1932. El mismo régimen se aplicará a las sociedades en comandita por acciones, para las acciones que emitan al portador.Ayuda