Decreto-ley
Se da un plan de obras públicas a realizarse con la emisión de 33 millones de Deuda Pública
Ministerio de Obras Públicas.
Ministerio de Hacienda.
Montevideo, Julio 17 de 1942.
Visto los mensajes de fechas 22 de Mayo y 16 de Junio próximos pasados, remitidos al Consejo de Estado adjuntando los proyectos de decretos-leyes relacionados con la emisión de la "Deuda de Obras Públicas 1942", que se destina a la ejecución del plan complementario de Obras Públicas; y
Atento a la conformidad prestada por el citado Consejo, comunicada en mensaje de fecha 9 de Julio corriente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir la suma de treinta y tres millones de pesos (pesos 33.000.000.00), valor nominal, en títulos de Deuda Pública que se denominará "Deuda de Obras Públicas 5% 1942", que se
destinará a la ejecución de las obras a que se refiere el presente decreto-ley.
Esa deuda devengará el interés del cinco por ciento (5%) anual y el uno
por ciento (1%) de amortización acumulativa, también anual.