En todos los casos en que se encuentren circulando tabacos, cigarros o cigarrillos sin la estampilla respectiva o sin la guía de tránsito que autorice su circulación sin impuestos, además de la pena que corresponda,
procederá el comiso de la mercadería en infracción, el de los vehículos,
animales u otros elementos utilizados en su transporte, sin que se admitan
reclamaciones de terceros sea cual fuere el derecho que aleguen con respecto a los bienes decomisados.