Facúltase al Poder Ejecutivo para autorizar, cuando lo crea conveniente al fomento de la industria nacional, el empleo de alcohol desnaturalizado con la fórmula oficial u otra que ofrezca garantías, por los industriales que lo soliciten, como asimismo para exonerar del impuesto al alcohol potable utilizado por instituciones o dependencias del Estado, que especialmente hayan sido objeto de ese beneficio.