MINISTERIO DE HACIENDA
La fabricación clandestina y el contrabando de alcoholes y bebidas alcohólicas estancadas serán penados con multa de quinientos pesos ($ 500.00) más veinte pesos ($ 20.00) por litro o fracción de litro de aquellos productos encontrados en poder de los infractores, y con la prisión de éstos y sus cómplices por un término que no pase de tres meses.Ayuda