Fecha de Publicación: 20/03/1943
Página: 514-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 37

   El Poder Ejecutivo hará una encuesta sobre la situación de los ex funcionarios nacionales, municipales o de los entes autónomos declarados cesantes sin formación de causa que diera mérito a su destitución e informará a la Asamblea General.
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