Fecha de Publicación: 18/04/1974
Página: 117-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   (Objetivos).- La declaración y las medidas promocionales á que se
hace referencia en el artículo anterior tendrán en cuenta en qué medida 
la solicitud procura uno o varios de los siguientes objetivos:
  A) Obtención de mayor eficiencia en la producción y comercialización 
     en base a niveles adecuados de dimensión, tecnología y calidad.
  B) Aumento y diversificación de las exportaciones de bienes 
     industrializados que incorporen el mayor valor agregado posible a 
     las materias primas.
  C) Localización de industrias nuevas y ampliación o reforma de las 
     existentes, cuando esto signifique un mejor aprovechamiento de los 
     mercados proveedores de materia prima así como de la mano de obra 
     disponible.
  D) El respaldo a programas seleccionados de investigación tecnológica 
     aplicada, orientados a la utilización económica de materias primas 
     nacionales inexplotadas y a la obtención o perfeccionamiento de 
     productos del país, a la capacitación de técnicos y obreros y al 
     contralor y certificación de la calidad.

Ayuda