Se incorporan como patrimonio original del Organismo los bienes
inmuebles, muebles y derechos afectados a las actividades desarrolladas
para las actuales Dirección Nacional de Comunicaciones, Dirección General
de Telecomunicaciones y los de la Administración General de las Usinas
Eléctricas y los Teléfonos del Estado afectados a la prestación de este último servicio, incluyendo los de las dependencias de apoyo.
Cuando se trate de bienes de esta última Administración afectados a
los sectores energéticos y de telecomunicaciones, se arbitrarán
soluciones que por la vía de la compensación tengan en cuenta las partes proporcionales de uso de los bienes en común que corresponde a ambos sectores con sus dependencias de apoyo.