(Exoneración al contrato).- Cuando los expresados compromisos y
contratos definitivos tengan por objeto la adquisición por el
arrendatario, subarrendatario u ocupantes -o las personas legalmente
subrogadas a ellos- de la casa habitación en que se domicilien
efectivamente, estarán exonerados de toda clase de impuestos, adicionales
y tasa de inscripción.