Fecha de Publicación: 31/10/1974
Página: 235-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 4

   Regirán, a los efectos de la aplicación y ejecución de la pena, las disposiciones y procedimientos establecidos en el artículo 29 y siguientes de la ley 10.940, de 19 de setiembre de 1947.

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