MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
El Gerente General y el Secretario General del Directorio se declaran cargos de particular confianza, quedando comprendidos sus titulares en lo dipuesto por el artículo 145 de la ley 12.802, de 30 de noviembre de 1960, y concordantes, con las ampliaciones determinadas por el artículo 577 de la ley 14.106 de 14 de marzo de 1973.Ayuda