EL régimen de reclusión aplicable al recluso según fuere la extensión o
la naturaleza de la medida privativa de libertad que se la haya aplicado,
estará integrado por diferentes tratamientos caracterizados por su
individualización y personalización, progresividad y diversidad de los
niveles de confinamiento, los cuales se cumplirán en establecimientos de
seguridad máxima, media y mínima. Conforme con ello, el régimen aplicable
se caracterizará por su progresividad y constará de:
1º) Período de observación;
2º) Período de tratamiento;
3º) Período de prueba.